Residencia del inversor

La Residencia de Oro o del Inversor es la autorización de residir en España para los inversores que hacen una adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros, conforme a la Ley de España 14/2013, que está dirigida a los extranjeros no residentes de la Unión Europea.

El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen  al inversor, podrán solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización. Para ello deberá quedar acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos por la Ley. El solicitante debe contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España y con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

Los inversores que obtienen la autorización de residencia tienen ventajas siguientes:

  • el inversor está autorizado a trabajar en España.
  • el inversor y su familia pueden viajar libremente en el espacio Schengen durante tres meses dentro de la mitad del año.
  • el inversor no está obligado a residir en España, solo tiene que entrar en el país una vez al año
  • la solicitud está revisada en un corto plazo.
  • no hay oposiciones a las solicitudes si quedan cumplidos todos los requisitos previstos por la Ley.

 

Los agentes de la inmobiliaria    My Way®  les van a ayudar a eligir y comprar las propiedades en España para obtener la residencia del inversor, y les van acompañar en cada etapa del proceso empezando con preparar los documentos y hasta recibir las tarjetas de residente. Si desean más información por favor no duden de contactarnos.